1.1.
Derecho de la Información El
derecho de la información es una rama nueva del derecho público, de recién
creación que tiene por objeto el estudio el derecho a la información. Del
derecho de la Información es donde se desprende el derecho a la información, que es el derecho a comunicar información
veraz y oportuna (dentro de ella se ubica el Secreto Profesional del Periodista)
y la libertad de expresión. Entre
los doctrinistas mexicanos que han hecho referencia al derecho de la
información está Jorge Carpizo y Ernesto Villanueva.Carpizo
entiende que el término derecho de la información denota:“conjunto de norma jurídicas que regulan y tutelan las
libertades, garantías, facultades y delimitaciones que integran el derecho a la
información”.[1] Para
Ernesto Villanueva “derecho de la información denota: “la rama
del derecho público que tiene por objeto el estudio de las normas jurídicas que
regulan los alcances y los límites del ejercicio de las libertades de expresión
y de información a través de cualquier medio”[2]2.1.1 Derecho a la Información Carpizo
explica que el derecho a la información es: “la garantía
fundamental que toda persona posee a: atraerse información, a informar y a ser
informada”. [3] Para
Villanueva, a diferencia de Carpizo, entiende que el significado de “derecho a
la información es de alcance más
restringido: “conjunto de normas jurídicas que regulan el acceso del público a
la información generada por los órganos del Estado”.[4] Para
Perla Gómez Gallardo, Derecho a la información es el derecho de toda persona
para atraerse información, informar y ser informado. El derecho a la
información se compone por[5]:1)
El derecho a atraerse información. Es la posibilidad de acceder a los archivos,
registros y documentos públicos y de decidir el medio que se lee, se escucha o
se contempla.2)
El derecho a comprender las libertades de expresión y de imprenta, así como el
derecho a constituir sociedades y empresas informativas.3)
El derecho a ser informado. Conlleva la posib
ilidad de que toda persona pueda
recibir información de forma objetiva, oportuna y completa.2.1.1.1 El Secreto Profesional del
Periodista Ernesto
Villanueva expresa que el Secreto Profesional del Periodista es el derecho o el
deber que tienen los periodistas a negarse a revelar la identidad de sus
fuentes informativas, a su empresa, a terceros y a las autoridades
administrativas o juridiciales.[6] Es
por demás señalar que los sujetos del derecho anteriormente citado son los
periodistas y el objeto del mismo, es la ética del Secreto Profesional del Periodista. El
mayor acercamiento de este supuesto se encuentra contemplada en el artículo 6º
Constitucional, el cual garantiza la libre expresión de ideas. Actualmente,
el Secreto Profesional del Periodista está reglamentado en algunos Estados de
la república mexicana que de manera incipiente la contemplan; dicha
información se manifiesta en el Capítulo
V, de este trabajo.2.1.2 Derecho de Acceso a la Información El
derecho de Acceso a la Información es uno de los derechos fundamentales que
juega un papel relevante para la consolidación de regímenes democráticos –en
todos los ámbitos: político, económico y social- y que contribuye incluso al
buen funcionamiento de las relaciones internacionales. Por lo mismo ese derecho
ha sido regulado por el derecho internacional. Si bien en un principio fue
considerado un instrumento para garantizar la libertad de expresión y no tanto
un derecho fundamental en sí mismo, posteriormente, en parte debido a los
cambios que en las últimas décadas representó para estos regímenes el desarrollo
de nuevas tecnologías, el derecho de Acceso a la Información fue adquiriendo
una nueva dimensión.[7] [1] CARPIZO, Jorge, Constitución e información, “Constitución e información”, en Valadés, Diego y CARBONELL, Miguel
(coords), “Constitucionalismo iberoamericano del siglo XXI”, México,
UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, H. Cámara de diputados del
Congreso de la Unión, LVII Legislatura, 2000, p. 37[2] VILLANUEVA; Ernesto, “Régimen jurídico de las libertades de
expresión e información en México”, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 1998,
p.10.[3] OCHOA Olvera, Salvador, Derecho de prensa, México, Editorial
Montealto, 1998, p. 161[4] VILLANUEVA Ernesto, Régimen jurídico de las libertades de
expresión e información en México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 1998,
p.10.[5] GÓMEZ Gallardo, Perla, op.cit, nota
2, p.9-10.[6] VILLANUEVA, Ernesto, “Derecho de la Información”, Ed.
Porrúa, 2006, México. p. 267[7] SALAZAR Ugarte, Pedro y Paula S. Vázquez Sánchez, La Reforma al Artículo 6º de la
Constitución Mexicana: contexto normativo y alcance interpretativo, México,
UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, p.38.
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