sábado, 15 de junio de 2013

BREVE RESEÑA DE LA COMISIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL (CNUDMI)




2.1 Antecedentes

La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, por sus siglas CNUDMU, fue establecida por la Asamblea General en 1966 (resolución 2205 XXXI, de 17 de diciembre de 1966). La idea de crear una Comisión específicamente dedicada al desarrollo progresivo del derecho mercantil internacional, respondió a la necesidad de reducir las disparidades entre las leyes nacionales relativas al comercio, las cuales constituían obstáculos importantes al comercio internacional, y fomentar así mayor intercambio entre los Estados. 5

2.2 Su Mandato

La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) establecida en 1966, es un órgano subsidiario de la Asamblea General de las Naciones Unidas con el mandato general de promover la armonización progresiva del derecho mercantil internacional.
Desde su creación, ha preparado una amplia gama de convenciones, leyes modelos y otros instrumentos relativos al derecho sustantivo aplicable a las operaciones comerciales o a otros aspectos del derecho mercantil que repercuten en el comercio internacional. La CNUDMI se reúne una vez al año, normalmente en verano, alternativamente en Nueva York y en Viena.6

4 Comisión de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.

2.3 Armonización y Unificación del Derecho Mercantil Internacional

Se entiende conceptualmente por “armonización” el proceso por el que pueden modificarse las leyes nacionales para aumentar la previsibilidad de las operaciones comerciales transfronterizas.
La “unificación” puede considerarse como la aprobación por los Estados de normas jurídicas comunes aplicables a determinados aspectos de las operaciones comerciales. Una ley modelo o una guía legislativa ejemplifica el tipo de texto cuya finalidad es armonizar el derecho interno, mientras que una convención es un instrumento internacional aprobado por los Estados para unificar el derecho a nivel internacional. Entre los textos preparativos por la CNUDMI figuran convenciones, leyes modelo, guías jurídica, guías legislativas, reglamentos y notas prácticas.7

2.4 Elaboración de los Textos de la CNUDMI

            Los textos de la CNUDMI se inician, preparan y aprueban por la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, órgano compuesto de 60 Estados miembros elegidos que representan diversas regiones geográficas.
Los participantes en el proceso de elaboración incluyen los Estados miembros de la Comisión y otros Estados (denominados “Estados observadores”), así como organizaciones internacionales interesadas, intergubernamentales y no gubernamentales y no gubernamentales.8








8 Ídem.

2.5 Estados Miembros de la Comisión

            Al igual que la mayoría de los órganos subsidiarios de la Asamblea General, integrada por todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas, la CNUDMI está integrada por 29 estados; es número se elevó a 36 en 1973, y a 60 en 2004.
Esa composición es representativa de las diversas regiones geográficas y de los principales sistemas económicos y jurídicos del mundo. Los miembros de la Comisión son elegidos por períodos de seis años, y el mandato de la mitad de ellos expira cada tres años.9

2.6 Participación de México en la CNUDMI
México ha sido miembro de la CNUDMI desde su creación en 1966 y ha participado de manera activa en las reuniones de los diferentes grupos de trabajo. Además, es Estado Parte de la mayoría de las Convenciones adoptadas por la CNUDMI. 10















9 Comisión de las Naciones Unidas para el Desarrollo Mercantil Internacional.

10 www.sre.gob.mx. Embajada de Austria

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