sábado, 15 de junio de 2013

EL CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCADERÍAS



3.1  Forma del Contrato

            El principio general en materia de forma de los contratos es que estos no requieren alguna en especial, es decir, el contrato puede celebrarse por escrito o de manera verbal (no recomendado), o a través de otros medios como las transferencias electrónicas, teléfono, telegrama, etc., y no requiere forzosamente de un documento escrito para probar su existencia. Así lo reconoce la Comisión de las Naciones Unidas sobre Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, al igual que los principios de la UNIDROIT y la mayoría de las disposiciones legales. Sin embargo esta regla tiene diversas excepciones ya que los comerciantes deben conocer los casos en que el contrato debe observar una forma especial para su validez y esta es distinta según el país de que se trate.
            No obstante lo anterior, es ampliamente recomendable formalizar por escrito toda contratación de esta naturaleza, máxime en aquellas operaciones de gran envergadura, en donde en muchas ocasiones está en juego el patrimonio de una empresa. Con lo anterior se podrán evitar muchas controversias.11


3.2   Formación del Contrato

El contrato de compraventa surge como un fruto de la culminación de una negociación precedente. En la práctica estas negociaciones previas se documentan a través de una oferta, y que en el ámbito internacional se suele denominar “factura proforma”. Debe contener los elementos esenciales que configuran una compraventa, especialmente el objeto y el precio y, además, puede contener otras condiciones accesorias de la operación que se va a realizar.12



11 Contratación Internacional. Proyecto de Cooperación Trasnacional. www.aidescom.com
12 Ídem

3.3 Régimen Jurídico
Con la Comisión de las Naciones Unidas sobre la Compraventa Internacional de Mercaderías, que junto con “Los Principios de los Contratos Comerciales Internacionales”, constituyen el marco legal internacional de este tipo de contrato que nos ocupa.

3.4 Obligaciones del vendedor en el Contrato
Las obligaciones básicas del vendedor son: entregar las mercaderías, transmitir la propiedad y entregar cualesquiera documentos relacionados con aquéllas.
1.    Lugar de la entrega
2.    Momento de la entrega
3.    Conformidad de las mercaderías entregadas
4.    Transmisión del Riesgo. Responsabilidad del vendedor respecto de cualquier daño o defecto de las mercaderías.

3.5 Obligaciones del Comprador
Las principales son: pagar el precio de las mercaderías y recibirlas en las condiciones establecidas en el contrato (artículo 53 de la Comisión).
1.    Pago del precio de las mercaderías, salvo pacto contrario, sin necesidad de requerimiento ni de ninguna otra formalidad por parte del vendedor.
2.    Recepción de las mercaderías. La Comisión concreta que el comprador deberá actuar con diligencia en la recepción de las mismas.
3.    Otras obligaciones del comprador
Como consecuencia de lo expuesto al tratar las obligaciones del vendedor, el comprador está obligado a examinar las mercaderías y comunicar al vendedor cualquier falta de conformidad.




3.6  Obligaciones para el vendedor y comprador
Existen otras obligaciones tanto para el vendedor y el comprador, como es la obligación de conservar las mercaderías, el abono de intereses o excepciones a la obligación de cumplir con lo debido.

3.7  Importancia de los INCOTERMS en el Contrato13
Los INCOTERMS son reglas internacionales para la interpretación de los términos comerciales fijados por la Cámara de Comercio Internacional (CCI), por lo que no son leyes. Esta palabra viene de la contracción del inglés de IN-international CO-comercial TERM- términos.
La finalidad de los INCOTERMS en el contrato de compraventa internacional de mercaderías define claramente las obligaciones respectivas de las partes y reduce el riesgo de complicaciones legales respecto de la entrega de las mercaderías; reduce las incertidumbres derivadas de las distintas interpretaciones de dichos términos en diferentes países, es decir, elimina los obstáculos causados por la distancia entre las partes, los distintos lenguajes y las diferentes prácticas comerciales.
Los grupos en que se dividen los INCOTERMS son:
·         De salida: ex work
·         Transporte principal libre (Free) FAS, FCA, FOB
·         Transporte principal costeado (cost) CFR, CPT, CIF,CIP
·         De llegada (Delivery) DDP, DAF, DES, DEQ








13 http:/www.iccwbo.org

No hay comentarios:

Publicar un comentario