3.1
Forma del Contrato
El principio general
en materia de forma de los contratos es que estos no requieren alguna en
especial, es decir, el contrato puede celebrarse por escrito o de manera verbal
(no recomendado), o a través de otros medios como las transferencias
electrónicas, teléfono, telegrama, etc., y no requiere forzosamente de un
documento escrito para probar su existencia. Así lo reconoce la Comisión de las
Naciones Unidas sobre Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, al
igual que los principios de la UNIDROIT y la mayoría de las disposiciones
legales. Sin embargo esta regla tiene diversas excepciones ya que los
comerciantes deben conocer los casos en que el contrato debe observar una forma
especial para su validez y esta es distinta según el país de que se trate.
No
obstante lo anterior, es ampliamente recomendable formalizar por escrito toda
contratación de esta naturaleza, máxime en aquellas operaciones de gran
envergadura, en donde en muchas ocasiones está en juego el patrimonio de una
empresa. Con lo anterior se podrán evitar muchas controversias.11
3.2 Formación del Contrato
El contrato de compraventa
surge como un fruto de la culminación de una negociación precedente. En la
práctica estas negociaciones previas se documentan a través de una oferta, y
que en el ámbito internacional se suele denominar “factura proforma”. Debe
contener los elementos esenciales que configuran una compraventa, especialmente
el objeto y el precio y, además, puede contener otras condiciones accesorias de
la operación que se va a realizar.12
11 Contratación
Internacional. Proyecto de Cooperación Trasnacional. www.aidescom.com
12 Ídem
3.3 Régimen
Jurídico
Con la Comisión de las
Naciones Unidas sobre la Compraventa Internacional de Mercaderías, que junto
con “Los Principios de los Contratos Comerciales Internacionales”, constituyen
el marco legal internacional de este tipo de contrato que nos ocupa.
3.4
Obligaciones del vendedor en el Contrato
Las obligaciones básicas del
vendedor son: entregar las mercaderías, transmitir la propiedad y entregar
cualesquiera documentos relacionados con aquéllas.
1.
Lugar de la entrega
2.
Momento de la entrega
3.
Conformidad de las mercaderías entregadas
4.
Transmisión del Riesgo. Responsabilidad del
vendedor respecto de cualquier daño o defecto de las mercaderías.
3.5 Obligaciones
del Comprador
Las principales son: pagar
el precio de las mercaderías y recibirlas en las condiciones establecidas en el
contrato (artículo 53 de la Comisión).
1.
Pago del precio de las mercaderías, salvo
pacto contrario, sin necesidad de requerimiento ni de ninguna otra formalidad
por parte del vendedor.
2.
Recepción de las mercaderías. La Comisión
concreta que el comprador deberá actuar con diligencia en la recepción de las
mismas.
3.
Otras obligaciones del comprador
Como
consecuencia de lo expuesto al tratar las obligaciones del vendedor, el
comprador está obligado a examinar las mercaderías y comunicar al vendedor
cualquier falta de conformidad.
3.6 Obligaciones para el vendedor y comprador
Existen otras obligaciones
tanto para el vendedor y el comprador, como es la obligación de conservar las
mercaderías, el abono de intereses o excepciones a la obligación de cumplir con
lo debido.
3.7 Importancia de los INCOTERMS en el Contrato13
Los INCOTERMS son reglas
internacionales para la interpretación de los términos comerciales fijados por
la Cámara de Comercio Internacional (CCI), por lo que no son leyes. Esta
palabra viene de la contracción del inglés de IN-international CO-comercial
TERM- términos.
La finalidad de los
INCOTERMS en el contrato de compraventa internacional de mercaderías define
claramente las obligaciones respectivas de las partes y reduce el riesgo de
complicaciones legales respecto de la entrega de las mercaderías; reduce las
incertidumbres derivadas de las distintas interpretaciones de dichos términos
en diferentes países, es decir, elimina los obstáculos causados por la distancia
entre las partes, los distintos lenguajes y las diferentes prácticas
comerciales.
Los grupos en que se dividen
los INCOTERMS son:
·
De salida: ex work
·
Transporte principal libre (Free) FAS, FCA,
FOB
·
Transporte principal costeado (cost) CFR,
CPT, CIF,CIP
·
De llegada (Delivery) DDP, DAF, DES, DEQ
13 http:/www.iccwbo.org
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