domingo, 11 de mayo de 2014

LÓGICA JURÍDICA

Lógica jurídica.
WITKER VELÁSQUEZ, Jorge. Metodología Jurídica. Mc Graw Hill. México, 2002. Pp. 41 -


La lógica jurídica y la lógica deóntica son disciplinas diferentes.

La primera es un área técnica de interés propio para los abogados y juristas en general, que consiste en el estudio de la aplicación de todos los recursos disponibles y utilizables de la lógica, en sentido amplio, al campo del derecho. Estos recursos comprenden el empleo de la lógica indicativa formal, tanto tradicional como simbólica, así como el de la lógica deóntica y la lógica retórica o de la argumentación. Sin embargo, ello no significa, de ninguna manera, que todos los elementos de la lógica, en todas sus partes, se puedan aplicar al campo del derecho en cualquier circunstancia. Se aplica lo que puede aplicarse, que es bastante y suficientemente útil.

La lógica deóntica, por su parte, es la rama de la ciencia lógico-formal que emplea y simboliza fundamentalmente material lingüístico relacionado con la función normativa, para el análisis del razonamiento y de las estructuras formales de la comunicación, y por tanto, no utiliza exclusivamente lenguaje relacionado con la función normativa, como la hace la lógica hasta ahora comentada.

La función normativa del lenguaje es una especie de la función directiva y comprende al lenguaje de las normas jurídicas, pero no sólo éste sino también al de otro tipo de normas. Por consiguiente, la lógica deóntica puede emplearse además en la religión, en la moral, así como en cualquier otro tipo de fenómeno normativo. Sin embargo, no porque con la lógica deóntica se puedan analizar los razonamientos derivados de las normas religiosas, se justifica denominarla lógica religiosa.

Función normativa del lenguaje: comprende al lenguaje de las normas jurídicas, así como el de otro tipo de normas.





LOGICA JURÍDICA.

     La Lógica Jurídica es la aplicación de todos los recursos de la lógica al campo del derecho, por lo cual la aplicación de los conceptos y reglas ya expuestos la conforman. En este apartado nos ocuparemos, al hablar de razonamientos inválidos y válidos en el derecho, de otros aspectos lógico-formales relevantes para la materia, así como el uso de la lógica retórica orientada específicamente al ámbito jurídico, puesto que emplea reglas de la semántica, la interpretación y pragmática del Derecho.


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